Entre el 22 y el 28 de septiembre de 2025 vence la obligación de declarar renta para las personas naturales en Colombia cuyos últimos dos dígitos de cédula o del NIT estén entre 57 y 66. Este cronograma forma parte del calendario tributario oficial de la DIAN, que comenzó el 12 de agosto y se extenderá hasta el 24 de octubre.
No todos los ciudadanos tienen que declarar renta. La obligación aplica si durante el año gravable 2024 se cumplieron al menos una de estas condiciones:
- Tener un patrimonio bruto mayor a 4.500 UVT (≈ $ 211.792.000 COP) al 31 de diciembre de 2024.
- Ingresos brutos anuales superiores a 1.400 UVT (≈ $ 65.891.000 COP).
- Consumos con tarjeta de crédito, compras totales o consignaciones bancarias/inversiones financieras por encima de ese mismo umbral de 1.400 UVT. (≈ $ 65.891.000 COP).
Quienes deban declarar deben estar al día en el Registro Único Tributario (RUT), contar con firma electrónica activa, y tener los documentos de respaldo listos, como certificados de ingresos, extractos bancarios, recibos de compras, soportes de inversiones, entre otros.
El formulario usado es el Formulario 490, que puede generarse a través del portal web de la DIAN. El pago, si corresponde, puede hacerse en línea o en bancos autorizados.
La entidad hace énfasis en que declarar a tiempo evita sanciones financieras, intereses de mora u otras penalidades, y permite cumplir con las obligaciones fiscales sin contratiempos.