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Procuraduría pide no “tumbar” los resultados de la votación de la consulta popular
El ministerio público en un concepto remitido al Consejo de Estado consideró que en la votación, y particularmente en el acta de resultados, no se encontró vulneración que requiera suspender sus efectos.
Por Andrea González
Publicado en 07/06/2025 17:14
Politica

La Procuraduría General de la Nación le solicitó al Consejo de Estado que no suspenda los efectos jurídicos de la votación que se realizó en el Senado sobre la consulta popular propuesta por el Gobierno Nacional, en la cual la iniciativa fue rechazada con 49 votos en contra frente a 47 a favor.

La solicitud surge como respuesta a una demanda presentada por un ciudadano, quien alegaba supuestas irregularidades en el proceso de votación y pedía la nulidad del acto legislativo. No obstante, tras revisar el caso, el Ministerio Público consideró que no se evidenció ninguna vulneración al ordenamiento jurídico que justifique frenar o anular los resultados de la consulta.

En el concepto remitido a la Sección Quinta del Consejo de Estado, la Procuraduría argumentó que “no procede la medida cautelar de suspensión solicitada por el demandante”, al no encontrar argumentos sólidos ni pruebas suficientes que sustenten la existencia de una irregularidad o violación normativa.

Según el ente de control, la demanda carece de una carga argumentativa robusta y se basa principalmente en interpretaciones subjetivas, sin que estas tengan un impacto jurídico que amerite suspender el acto cuestionado. En palabras del Ministerio Público, “los elementos de juicio traídos a colación no gozan de contundencia”, y no existe evidencia concreta de que se haya cometido una ilegalidad en la aprobación del acta de resultados.

De esta manera, la Procuraduría respalda la legalidad del proceso legislativo y considera que debe respetarse el resultado de la votación, en la cual el Gobierno no obtuvo la mayoría requerida para dar vía libre a la consulta popular.

 

El concepto de la Procuraduría no es vinculante, pero será tenido en cuenta por los magistrados del Consejo de Estado, quienes deberán decidir si aceptan o no las pretensiones del ciudadano demandante. La decisión final podría sentar un precedente importante sobre la validez de los procedimientos legislativos en torno a mecanismos de participación ciudadana como la consulta popular.

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